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ricardoelias

La preparación del testigo. Segunda parte

La semana pasada resaltamos algunos puntos a tener presente en la fase previa a la preparación del testigo que llevaremos a juicio. En esta entrada, esbozaremos algunas ideas sobre la reunión misma para maximizar la utilidad del testimonio y minimizar el impacto del contrainterrogatorio de nuestra contraparte.

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Debemos de tener presente que las siguientes son recomendaciones para la preparación del testigo. No somos partidarios de adoctrinarlo o aleccionarlo pues la ética nos lo impide. No queremos que el testigo mienta por nosotros ni que cambie su versión por la más cómoda para nuestra Teoría del Caso. Rechazamos esta posición. Dicho esto, revisemos algunas recomendaciones:

1. Agradecer su presencia. Asistir a declarar como testigo a un juicio es una situación estresante. Quizás como fiscales o defensores estemos acostumbrados a participar en ellos pero nuestros testigos, no. Por esta razón, será labor de un buen litigante transmitir confianza y seguridad para ayudarlos a sobrepasar este momento. No olvidemos agradecer su presencia en la reunión y su predisposición a colaborar con nosotros en juicio. Muchas veces, por la rutina, olvidamos este punto y simplemente nos limitamos a recibirlo e iniciar la práctica del interrogatorio. La empatía es muy importante.

2. La sala de audiencias. Recuerdo que a mi primera audiencia llegué muy temprano y no sabía dónde debía sentarme pues la Sala estaba vacía. Frente al Tribunal pero ¿a la derecha o a la izquierda? Lo mismo les pasa a los testigos y nuestra labor será evitar que estén desorientados el día del juicio. Aunque parezca irrelevante, muchos preguntan dónde está el juzgado, cómo llegar, por dónde entrar, qué deben llevar, dónde deben esperar y dónde deben ubicarse en el juicio. Es muy saludable absolver estas preguntas en la reunión previa para evitar contratiempos el día del juicio.

Comparo una sugerencia adicional, formulada por maestros mexicanos con quienes tuve el placer de dictar un taller: Lleven al testigo a una audiencia real donde ustedes participen para que se familiarice con la ubicación de las partes y con la dinámica del juicio. Sé que nuestras agendas muchas veces estarán muy apretadas pero esta pauta le servirá mucho a nuestros testigos.

3. Familia y formación. Que el testigo nos cuente sobre su familia y sobre su formación académica o laboral no sólo nos permitirá conocer qué información introduciremos en la fase de acreditación del interrogatorio sino también le generará un espacio de tranquilidad. El testigo está compartiendo datos que domina pues pertenecen a su memoria autobiográfica. Escuchémoslo y no olvidemos que hemos hecho nuestra tarea: averiguar sobre él para, llegado el momento, preguntarle sobre aquella información que quizás olvidó y que, para nosotros, es importante.

4. Denuncias, faltas o quejas. Tan importante como conocer las fortalezas del testigo, es advertir cuáles serán sus debilidades. El testigo debe saber que si nosotros no conocemos qué denuncias, faltas o quejas pueden haber en su contra, no podremos auxiliarlo en el juicio. Es importante transmitirle confianza al testigo y recordarle que quizás nuestra contraparte tenga información sobre él que nosotros, no. Por eso, al conocer sus debilidades, podremos emplearlas estratégicamente: ¿le preguntamos sobre dichas falencias en el interrogatorio o las evitamos?, ¿las presentamos al inicio, al medio o al final del examen?, si nuestra contraparte pregunta por esa información, ¿pedimos explicación en el re-directo o no?

Pongamos un ejemplo: El testigo no le dice al defensor que tuvo una denuncia por estafa y la fiscalía lo sabe, le pregunta e incorpora esta información a juicio. Como el testigo no brindó esta información en la fase de preparación, para el litigante sería muy riesgoso preguntarle ¿qué pasó con la denuncia? pues quizás haya sido archivada, esté en investigación o lo hayan condenado. En cambio, si el litigante conoce previamente esta información y sabe, por ejemplo, que fue archivada, le podrá preguntar sobre ella y el estado en el que se encuentra. En otras palabras, anticipa una debilidad y la transforma en una fortaleza.

5. Hechos que recuerda. El eje central de la reunión previa con el testigo gira en torno a este punto. Solicitaremos que nos cuente todo lo que recuerda en torno a los hechos que presenció o que conoce. Le pediremos que relate los hechos y no lo interrumpiremos con preguntas o anotaciones pues fomentaremos la narrativa libre. Es importante evitar distraerlo pues lo que queremos es escucharlo. Tampoco debemos inducirlo poniendo palabras en su boca que él no ha dicho pues no debemos engañarlo ni hacerlo mentir.

Cuando haya terminado este relato, recién formularemos preguntas y tomaremos notas sobre aquellos puntos importantes. ¿Qué tipo de preguntas emplearemos en este diálogo? Las abiertas; es decir: ¿qué?, ¿cómo?, ¿cuándo?, ¿dónde?, ¿por qué?, ¿para qué?, ¿cómo?, explícanos, cuéntanos, relátanos, etcétera.

6. Lenguaje recomendado. En el video, vimos que Erin Brockovich «pierde los papeles» y grita «ese idiota rompió mi maldito cuello«. La expresión de su abogado demuestra cuánto les perjudicó este exabrupto. En la fase de preparación no sólo le recomendaremos al testigo evitar este tipo de comportamientos sino también le explicaremos que el lenguaje que debe emplear, debe ser sencillo, claro y directo. Acabamos de escuchar su narración (libre y espontánea), ya sabemos qué expresiones emplea -sean jergas o tecnicismos- y estaremos atentos a ellas en el interrogatorio. Le sugeriremos que no las emplee pero si las usa, pediremos su aclaración: Disculpe, ¿a qué se refiere cuando dice caminaba «achoradamente»?

Todos tenemos nuestros modos de expresarnos y formas de hacerlo. No intentemos «disfrazar» al testigo, no lo podremos lograr. Tampoco lo queremos hacer pues le quitaría naturalidad al testimonio.

En la próxima entrada profundizaremos la entrevista previa al testigo y daremos algunas recomendaciones frente a posibles olvidos, contradicciones y cómo afrontar el contra-interrogatorio. Esperamos que estas ideas les resulten útiles y que compartan sus comentarios, preguntas o sugerencias.

Por: Ricardo Elías | @eliaspuelles

La preparación del testigo. Primera parte

El juicio oral es la etapa central del proceso pues tanto el fiscal como el defensor presentarán sus respectivas teorías del caso a través de los alegatos de apertura y las comprobarán con los medios de prueba ofrecidos y admitidos en la etapa intermedia. En este sentido, los testigos juegan un papel muy importante pues si bien no debemos esperar que aparezca el testigo estrella con el que ganemos el caso, es probable que su o nuestra falta de preparación nos ponga en aprietos.

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Enfrentar un juicio oral no es improvisar. Por eso, en las líneas siguientes, compartiré algunos consejos sobre cómo prepararnos antes de recibir al testigo que llevaremos al tribunal:

1. Revisar nuestra teoría del caso para saber cuál es la importancia del testigo en ella. ¿Cuántas veces nos ha pasado que hemos citado a un testigo y no tenemos claridad sobre su utilidad en juicio? La revisión debe ser antes que el testigo se reúna con nosotros pues así evitaremos hacerle perder el tiempo y maximizar el poco tiempo que disponemos.

2. Revisar las declaraciones previas que el testigo rindió durante la investigación. No esperemos que el testigo llegue a nuestra oficina o despacho para recién revisar lo que dijo a nivel preliminar o revisar en qué actuaciones participó. Esto es poco serio. Un buen litigante debe revisar la carpeta o el expediente y saber en cuántas oportunidades participó el testigo. Por ejemplo, si es policía, qué actas firmó, qué declaraciones rindió, etcétera.

3. De ser posible, tener un folder o una carpeta que recoja las declaraciones o documentos firmados por nuestro testigo. Imaginemos que nuestro testigo rindió 04 o 05 declaraciones, que participó en 02 o 03 actas de inspección, que firmó 04 o 05 actas de hallazgo, que elaboró 05 o 06 actas de incautación, que declaró varias veces en prensa escrita y un largo etcétera. Necesitamos ordenarnos. De nada sirve tener a la mano copia de todos los tomos que forman parte de la carpeta y señaladas sus intervenciones con banderitas o post it. Tener un folder independiente nos permitirá manejar la reunión con orden y rapidez. Además, podemos tener un índice en el que señalemos (i) tipo de diligencia, (ii) fecha, (iii) dónde se realizó y (iv) quiénes participaron.

4. Averiguar información extra sobre nuestro testigo. Sí, cuando el testigo llegue a la cita, indagaremos información relacionada a su acreditación. Sin embargo, es muy útil googlearlo pues quizás esta búsqueda nos arroje datos importantes sobre publicaciones suyas, noticias o declaraciones adicionales que haya rendido, noticias «comprometedoras» que, como los abogados que ofrecimos al testigo, deberíamos conocer. No estamos invadiendo su privacidad y si nosotros no lo hacemos, nada nos asegura que nuestra contraparte lo haga y lo emplee en el contra-examen. Si sus países lo permite, en Perú es posible, podemos solicitar el registro de denuncias policiales, fiscales o antecedentes judiciales a fin de conocer eventuales procesos que tenga y que nuestra parte pueda emplear para desacreditarlo.

5. Preparar un ambiente adecuado. Quizás no tengamos instalaciones de lujo o un espacio especialmente diseñado para la preparación de testigos pero debemos seleccionar y preparar un ambiente cómodo. Puede ser la sala de reunión de nuestra oficina o, si somos fiscales, un ambiente en nuestro despacho. No debe suceder que el testigo llegue a la reunión y recién busquemos dicho espacio -alguna vez vi que un abogado se limitó a limpiar su escritorio y acercar una silla porque olvidó la cita-. Lo ideal es que sea un espacio en el que no haya distractores (evitar, por ejemplo, una sala transitada) y, si es posible, ubicar la silla del testigo de espalda a la puerta para maximizar su atención hacia nosotros. [En una próxima entrada escribiré más al respecto].

6. Agendar la reunión. Lo peor que nos podría pasar es que el testigo llegue a nuestra oficina y nosotros no estemos porque lo olvidamos o porque se nos «cruzó» con alguna diligencia o con otra reunión. Tenemos muchas herramienta para evitarlo: usar una agenda, agendarlo con nuestra secretaria o asistente, usar el google calendar, etcétera. El testigo merece respeto y, además, es quien nos ayudará a comprobar las proposiciones fácticas de nuestra teoría del caso.

En la próxima entrada, brindaremos algunos consejos sobre cómo debemos dirigir la reunión en la que prepararemos al testigo.

 

¿Elevación en consulta obligatoria? Una propuesta desde el Congreso

Tomado de: La Cuestión Criminal
Tomado de: La Cuestión Criminal

La Comisión Especial Investigadora Multipartidaria Encargada de Investigar y Determinar la influencia del Narcotráfico en los Partidos Políticos, Movimientos Regionales y Locales del Congreso de la República acaba de presentar el Proyecto de Ley No. 5218-2015. A través de esta iniciativa legislativa pretende que los fiscales y jueces obligatoriamente eleven en consulta los archivos (disposición de no ha lugar a formalizar investigación preparatoria) y requerimientos no acusatorios (al finalizar la investigación preparatoria) en los casos de tráfico ilícito de drogas -exceptuando la microcomercialización y microproducción- y lavado de activos, con el propósito de «evitar la impunidad».

Lamentablemente, estamos frente a un proyecto de ley que lejos de evitar la impunidad, generaría sobrecarga procesal e, incluso, violaciones al debido proceso:

  • Diligencias preliminares. Si el fiscal considera que no hay indicios de la comisión del delito, que los hechos investigados no configuran las figuras delictivas (atipicidad), que existen causas de justificación o extinción del delito puede disponer el archivo de la investigación. Lamentablemente, la Comisión Especial considera que debe existir obligatoriamente una revisión por parte del Fiscal Superior. Al parecer, olvida que existe una Procuraduría especializada en Tráfico Ilícito de Drogas y otra en Lavado de Activos que, de no encontrarse conforme con el archivo, pueden recurrir en queja -en buen cristiano, impugnar- la decisión. De esta manera, se garantiza la doble instancia en sede pre-jurisdiccional. Imaginemos que una persona denuncia hoy día al libertador José De San Martín (fallecido hacia 1850) atribuyéndole la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas. De acuerdo a este Proyecto de Ley, el fiscal que archive este caso absurdo estaría en la obligación de elevarlo a su Superior Jerárquico a fin de «evitar impunidad». Del mismo modo, imaginen que denuncio a mi vecino sosteniendo que lava activos porque acaba de cambiar su auto del 98 por uno del 2000, acompañando sólo las fotografías de su auto antiguo y del nuevo. Nuevamente, si la fiscalía considerase que no hay delito y la Procuraduría tampoco tuviese observación alguna, existiría la obligación de elevarlo en consulta y así recargar las labores del Fiscal Superior.
  • Investigación preparatoria. La elevación en consulta, efectivamente, no es un recurso impugnatorio pues, por ejemplo, cuando el juez discrepa del requerimiento fiscal está facultado para solicitar una segunda opinión a su superior jerárquico. El artículo 346.2 del Código Procesal Penal lo establece en los siguientes términos: «El Juez se pronunciará en el plazo de quince días. Si considera fundado el requerimiento fiscal, dictará auto de sobreseimiento. Si no lo considera procedente, expedirá un auto elevando las actuaciones al Fiscal Superior para que ratifique o rectifique la solicitud del Fiscal Provincial. La resolución judicial debe expresar las razones en que funda su desacuerdo«. Como puede apreciarse, esta es una facultad que debe ser motivada ya que es una injerencia directa en la labor persecutoria del delito que recae en manos del Ministerio Público. Sin embargo, la Comisión Parlamentaria no considera relevante la exigencia de motivación pues basta que estemos frente a un caso de tráfico ilícito o de lavado de activos para eliminar esta garantía e imponerle una obligación legal al Poder Judicial.
  • ¿Principios de publicidad y oralidad? No, gracias. Durante décadas, hemos luchado para desterrar el secretismo judicial y dar cobijo a los principios de publicidad y oralidad, que forman parte de la columna vertebral del derecho al debido, y lo hemos conseguido. El Código Procesal Penal así lo garantiza y aún cuando no hemos consolidado esta práctica, poco a poco estamos avanzando en el establecimiento de procesos mucho más garantistas. Para la Comisión Parlamentaria, estos principios están demás pues en el artículo 4 del referido Proyecto establecen: «(…) La decisión fiscal o judicial se expedirá dentro de los cinco días siguientes a la vista de la causa. No procede el pedido de informe oral«. Qué bueno que no tuvieron a la mano (al parecer) el Malleus maleficarium o Martillo de las Brujas pues, a este paso, poco les faltó para instaurar procedimientos inquisitivos ya desterrados.
  • ¿Presunción de inocencia? Paso. Si analizamos  la Exposición de Motivos veremos que para la Comisión es poco o nada relevante el artículo 2.24.e de nuestra Constitución: «Toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad» ya que sostienen que «la CONSULTA se presenta como un mecanismo de control orientado a que los involucrados como agentes activos de los delitos de narcotráfico y lavado de activos sean investigados y/o procesados hasta que se establezca fehacientemente su inocencia o responsabilidad» (p. 08 del PL 5218-2015).

Todos estamos preocupados por el impacto y el aumento de delitos graves como el narcotráfico o el lavado de activos. Sin embargo, la propuesta del Legislativo lejos de ser una solución viable no haría más que relajar las garantías procesales y generar cargas innecesarias en nuestros operadores fiscales y judiciales.

Descargar P.L. 05218-2015

La enseñanza de la Teoría del Caso

Lionel Hutz - Los Simpsons
No esperemos perder un juicio para comprender la necesidad de trabajar metodológicamente. Rompamos paradigmas y enseñémosle a nuestros alumnos a hacerlo también.

La enseñanza de la Teoría del Caso. Perú adoptó el Nuevo Código Procesal Penal en el 2004 y con ello optó por cambiar progresivamente el sistema inquisitivo por el acusatorio de rasgos adversariales. Dos años después, Huaura fue el primer distrito judicial en implementarlo. Han transcurrido casi 10 años y sólo Lima y el Callao no cuentan con este instrumento procesal. Lamentablemente, este cambio no ha sido acompañado de una reforma educativa superior. Todo lo contrario, en muchas universidades peruanas el curso de Litigación Oral mantienen una metodología educativa inadecuada y ya obsoleta para este tipo de materia: clases magistrales en las que el docente imparte conocimiento (o «saber sabio») y los discentes son meros receptores. Es más, se organizan seminarios, cursos, diplomados y talleres «especializados» en litigación oral dejando de lado el aspecto más enriquecedor: la práctica de la litigación oral. Así, los expositores se limitan a explicar qué es, por ejemplo, la teoría del caso o los alegatos de apertura y los asistentes únicamente suman horas de conocimiento pero no de práctica. El resultado: no hay un espacio adecuado de enseñanza / aprendizaje y no se desarrollan o fortalecer competencias propias del cambio de sistema.

Hace poco fui invitado a colaborar con la redacción de un artículo que ha sido publicado en el primer número especializado en Derecho Penal de la Revista Themis. El artículo lleva por nombre «No todos los caminos conducen a Roma: La teoría del caso, su utilidad en la litigación oral y una propuesta de enseñanza». Con él pretendo transmitir algunas ideas relacionadas al cambio de paradigma que debe operar en la enseñanza superior tomando como ejemplo la enseñanza de la teoría del caso. Espero que esta pequeña contribución sea útil a quienes, como yo, fueron seducidos por la docencia universitaria y buscan enriquecer sus clases con herramientas didácticas.

Descargar publicación

 

¡De vuelta al barrio (digital)!

Entre agosto del 2010 y setiembre de 2014, escribí algunas entradas dando a conocer mis opiniones sobre proyectos de ley, jurisprudencia y hechos -creo yo- penalmente relevantes. Tuve la suerte de recibir comentarios halagadores y mensajes muy alentadores. A la par, la cantidad de talleres de investigación criminal y de litigación oral que impartí fueron aumentando, lo que me alejó de la blogósfera. Estos talleres no sólo se dictaron en Lima y el Callao sino también en Tumbes, Piura, Puno, Arequipa, Tacna, Madre de Dios, Loreto, Abancay, Junín, Huancavelica, San Martín, Huánuco, Cajamarca y Ucayali. Incluso tuve la oportunidad de capacitar agentes especiales en Santo Domingo. Estas experiencias han sido para mí muy enriquecedoras pues, de un lado, conocí los problemas procesales que afrontan jueces, fiscales, policías y defensores públicos de los diferentes distritos judiciales del Perú y, de otro, tuve el enorme privilegio de dictarlos junto a investigadores y abogados peruanos así como de Estados Unidos, México, Canadá, El Salvador, Argentina, Chile, Paraguay y Colombia -de quienes aprendí y continúo aprendiendo no sólo en los taller sino en cada una de nuestras charlas-.

En el 2015 inauguré el Canal Entre Penas y Gracias en YouTube para que que los interesados en litigación oral -alumnos o docentes- cuenten con videos de alegatos de apertura, clausura, interrogatorio, contra interrogatorio, etcétera pues ¿a cuántos de nosotros nos ha pasado que queremos material para proyectar en clase y no tenemos? La idea de este espacio era y sigue siendo reunir ejemplos útiles de litigación oral sea para emplearlos de modelo o, simplemente, para criticar el mal uso de las herramientas de la litigación oral. Este espacio ya cuenta con casi una veintena de videos y siguen aumentando.

Luego de leer algunos artículos publicados en el libro «Los Blogs Jurídicos y la Web 2.0 para la difusión y la enseñanza del Derecho», me sentí motivado para retomar el blog y dotarlo de un nuevo diseño pero con el formato de siempre: escribir sobre temas especializados sin emplear lenguaje especializado.

Cuando inauguré este espacio en blogger, agradecí el apoyo de mi enamora Fiorella. Después de siete años juntos, sigo agradeciendo su apoyo y empuje en cada uno de mis proyectos.

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Fuente: Blog Osenseis