Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público. Tercera Parte

El 24 de febrero del 2021, participé en una entrevista organizada por el Taller Magister Juris -la cual comparto en esta entrada-. En ella platicamos sobre diferentes temas como la evolución de la delincuencia cometida a través de entornos digitales y las funciones de la Unidad Especializada en Cibercriminalidad del Ministerio Público. Agradezco la invitación y el interés de los asistentes.

En esta entrada continuaré analizando la importancia de las funciones de dicha Unidad: 

1. Coordinar con las áreas afines para analizar y valorar datos estadísticos de los delitos de la Ley 30096, Ley de Delitos Informáticos, estafa agravada prevista en el inciso 5 del artículo 196-A del Código Penal, y aquellos casos en los cuales la obtención de prueba digital sea determinante para la investigación con el fin de establecer políticas institucionales que mejoren el trabajo fiscal en la materia.

En el primer semestre del 2020, en el Observatorio Peruano de Cibercriminalidad iniciamos una ardua labor: Solicitamos información estadística sobre el avance de la ciberdelincuencia en el último quinquenio. Fueron meses complicados, pues algunos distritos no nos brindaron la información solicitada y otros contaban con información deficiente -por ejemplo, no tenían los datos actualizados o presentaban problemas de registro-. Finalmente, pudimos acceder a la estadística central con la que contaba el Ministerio Público. Con ello, realizamos el siguiente análisis:

Contar con información detallada nos permite, entre otros: (1) Identificar el problema, pues no basta saber que cada año se registran más denuncias sino conocer el estado de las investigaciones. (2) Adoptar mejores decisiones, por ejemplo, ¿de qué sirve capacitar a los operadores en litigación oral cuando el problema radica en la investigación criminal -los casos no se judicializan-? (3) Identificar los delitos cometidos con más frecuencia para realizar labores de concientización y prevenirlos. (4) Conocer cómo avanza el fenómeno delictivo por cada ciudad peruana, pues en algunas ciudades se cometen con más frecuencia fraudes informáticos, mientras que en otros, child grooming.

En este sentido, la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia acierta al reconocer la importancia de la estadística en la planificación y lucha contra este flagelo delictivo. A modo de recomendación, sugiero que, además, se analicen las carpetas archivadas para identificar los errores cometidos o conocer las razones que impidieron avanzar en cada caso.

2. Coordinar con las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional sobre el apoyo necesario para el debido cumplimiento de las funciones asignadas a la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia. Esta función es adecuada; sin embargo, debe ser acompañada de reuniones periódicas para identificar los problemas que no se han superado y los objetivos trazados. Además, el integrante distrital de la Red Especializada debe tener un rol activo y ser el puente de enlace entre la Unidad a la que pertenece y su Presidencia.

3. Coordinar con los organismos estatales y privados afines a la materia de ciberdelincuencia. Esta es una labor muy importante pues se necesita centralizar todo tipo de coordinaciones a nivel institucional para mejorar el tiempo y la calidad de respuesta en las investigaciones criminales. Un ejemplo de trabajo coordinado es la Guía práctica para requerir información a proveedores internacionales de servicios de internet, diseñada por la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones del Ministerio Público. En ella se explica cómo requerir información a Facebook, Instagram, WhatsApp, Uber, OLX, Microsoft, Airbnb, Paypal, Snapchat, Dropbox, Yahoo y Netflix.

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